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En una sentencia del 1 de agosto de 1995, el Tribunal Administrativo de Viena falló que, además del hecho de que a Scientology le había sido otorgado hace menos de dos años en Estados Unidos un “estatus de religión de buena fe y organización caritativa por el IRS [Hacienda Americana], el país con el mayor número de Iglesias de Scientology, la iglesia presentó suficientes evidencias para convencer a este tribunal de que la Iglesia de Scientology de Austria es una religión.”

El Tribunal prosiguió describiendo la naturaleza religiosa de los servicios de la Iglesia, que caracterizó de “actos religiosos; en conformidad con la propia identidad religiosa de la Iglesia de Scientology, que aparecen claramente en los estatutos de la organización.”                 En 1996, el Tribunal Constitucional de Austria, en el caso Re Fabio Rasp en el que se ventilaban los derechos de custodia de un padre que era miembro de Scientology, determinó que cualquier intento de tratar de forma diferente a Scientology que a cualquier otra religión “contraviene la Convención Europea de Derechos Humanos y es, por consiguiente, una violación de ley.” (1)


(1).En Re Fabio Rasp 2 Ob 2192/96h (23 de agosto de 1996).

 
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